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El crédito y sus formas tradicionales en la primera mitad del siglo XIX

No es de extrañar la extendida vigencia del crédito, tanto en el comercio como en la producción, que prolongaba un rasgo conocido ya antes de la Independencia.

El crédito, al igual que el trueque, era una modalidad de amplio predominio en la vida económica correntina. Una fuente importante de crédito eran las Casas Comerciales de Buenos Aires que enviaban mercancías y recibían letras de cambio giradas contra otros comerciantes de Buenos Aires de quienes los correntinos eran acreedores por el envío de productos locales.

En el ámbito del comercio exterior de la provincia era común la letra de cambio, cuya utilidad se acrecentaba por la posibilidad de sucesivos endosos. Las letras pagaderas en Buenos Aires permitían facilitar las transacciones entre ambas plazas, tanto a los mercaderes como al mismo Estado correntino que en su ya comentado decreto de Diciembre de 1826 se reservaba el privilegio de disponer de las libranzas efectuadas por aquellos mercaderes que debían dejar documentados los saldos negativos de sus balanzas individuales(1).

(1) Respecto de la difusión de la letra de cambio en Buenos Aires, véase Samuel Amaral. “Comercio y Crédito (el Banco de Buenos Aires. 1822-1826” (1977), en “América”, Nro. 4, Año II, Buenos Aires. // Citado por José Carlos Chiaramonte. “Mercaderes del Litoral (Economía y Sociedad en la provincia de Corrientes en la primera mitad del siglo XIX)” (1990). Ed. Fondo de Cultura Económica, México/Buenos Aires.

Por otra parte, no existían en la provincia instituciones modernas de crédito y banca ni hay noticia de que hubiesen Casas mercantiles que tuviesen cierta especialización en algunos servicios de tipo bancario, si bien es cierto que cualquier mercader con suficiente capital podía operar en el terreno del crédito.

Así, préstamos en metálico se podían obtener con garantía hipotecaria sobre establecimientos rurales al 6 % de interés y con plazos que variaban de meses a años -algunos hasta cinco años, cosa posible por la hipoteca del inmueble-.

Pero, por la abundancia de registros en los inventarios de bienes de los testamentos, se infiere que eran más frecuentes los préstamos en metálico de cortas cantidades(2).

(2) Entre los préstamos de cierta magnitud: Pedro Leoncio Cabral presta a Machado 250 pesos plata al 6 % anual sobre hipoteca de la chacra; Rolón recibe de Pedro Ferré 100 onzas de oro al 6 %, con hipoteca; Isasa recibe de los herederos de Juan Francisco Cabral, 1.794 pesos con hipoteca; (Pedro) Ferré presta a Juan Oporto y A. Pacheco 8.500 pesos plata, con hipoteca. Protocolos de varios escribanos, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes, Expedientes Administrativos, Sección Judicial, 1835. // Citado por José Carlos Chiaramonte. “Mercaderes del Litoral (Economía y Sociedad en la provincia de Corrientes en la primera mitad del siglo XIX)” (1990). Ed. Fondo de Cultura Económica, México/Buenos Aires.

Asimismo, una de las formas más difundidas para lograr capital, ya fuese para el comercio o para la producción, comportaba también una variante tradicional del crédito: nos referimos a la conocida con el nombre de “habilitación”.

El crédito podía ser en dinero o en mercancías, caso este último más común por la comentada escasez de moneda metálica. En caso de ser efectuado en dinero, consistía en lo que la jurisprudencia designaba con el nombre de mutuo, una de las formas de los contratos reales. En caso de realizarse mediante la entrega de mercancías, poseía la naturaleza jurídica de una venta al fiado; esto es, una variante de la compraventa, una de las formas de los contratos consensuales(3).

(3) Pedro Somellera. “Principios de Derecho Civil” (curso dictado en la Universidad de Buenos Aires en el año 1824), en el “Instituto de Historia del Derecho Argentino” (1939), p. 223, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Buenos Aires; José María Alvarez. “Instituciones de Derecho Real de Castilla y de Indias” (1982), tomo II, Libro III, pp. 40 y 100. Universidad Nacional Autónoma de México, México. // Citado por José Carlos Chiaramonte. “Mercaderes del Litoral (Economía y Sociedad en la provincia de Corrientes en la primera mitad del siglo XIX)” (1990). Ed. Fondo de Cultura Económica, México/Buenos Aires.

Las “habilitaciones” se encuentran con frecuencia en las relaciones de comerciantes mayoristas con sus colegas minoristas de las localidades del Interior de la provincia o con corredores que cumplían análogas funciones.

Pues, más allá de su estricta forma jurídica, cumplían la más compleja función en las condiciones de esa economía precapitalista, de poner en marcha un mecanismo de succión de las producciones locales; el comerciante lugareño “habilitado” por su colega de la capital o de algún otro puerto exportador de la provincia, saldaba sus obligaciones así contraídas mediante el envío de frutos del país, de los que era acopiador natural por mérito de sus conexiones mercantiles y su disponibilidad de mercancías.

En este punto, la inicial habilitación comercial daba lugar a otro tipo de habilitación: la del productor por el comerciante. Este entregaba mercancías -”habilitaba”- al productor a condición de una futura entrega suya de sus productos en forma de pago. Sustancialmente, las “habilitaciones” a los productores configuran un fenómeno similar al conocido con el nombre de trabajo a domicilio y utilizado en Europa desde la Baja Edad Media por los mercaderes para ampliar la producción industrial(4).

(4) Véase, al respecto, el trabajo de Chiaramonte. “Formas de Sociedad y Economía en Hispanoamérica” (1984), pp. 180 y sigts.. Ed. Grijalbo, México. // Citado por José Carlos Chiaramonte. “Mercaderes del Litoral (Economía y Sociedad en la provincia de Corrientes en la primera mitad del siglo XIX)” (1990). Ed. Fondo de Cultura Económica, México/Buenos Aires.

Otro procedimiento habitual para obtener o completar un capital, fuese para operaciones comerciales o productivas, era la constitución de compañías, la antigua y difundida forma de sociedad mercantil que en Europa surgió a fines de la Edad Media en sustitución de la “commenda”.

Compañías de hecho o legalizadas ante escribano, familiares o no, se utilizaban para múltiples fines. Los protocolos de escribanos registran la constitución, o disolución, de diversas compañías, tanto para explotación de una tienda como para la de una estancia o la de una embarcación fluvial, entre otras actividades.

Los “compañeros” podían aportar dinero o, más frecuentemente, mercancías, en calidad de capital. Asimismo, caso también usual, uno aportaba mercancías e instalaciones y otro su trabajo personal.

Los contratos respectivos suelen incluir estipulaciones sobre otras obligaciones de cada miembro de la compañía y sobre reparto de utilidades. En caso de omisiones, la legislación española aún vigente contemplaba normas precisas(5).

(5) Las compañías formadas por Spalding para la venta de productos agrarios -compañía de corta duración- y para la explotación de una tienda. Eran frecuentes también, entre otras actividades, en la explotación agropecuaria, en el comercio exterior -fuese para actuar como remitentes o como consignatarios- y para explotar el transporte fluvial -fletes- en diversos tipos de embarcaciones, según consta en protocolos de escribanos, en testamentarias y en otras fuentes del Archivo Provincial. Respecto de las prescripciones jurídicas, véase J. M. Alvarez, ob. cit., pp. 179 y sigts. // Citado por José Carlos Chiaramonte. “Mercaderes del Litoral (Economía y Sociedad en la provincia de Corrientes en la primera mitad del siglo XIX)” (1990). Ed. Fondo de Cultura Económica, México/Buenos Aires.

Mediante este tipo de asociación mercantil se evitaban desembolsos monetarios, aprovechándose la disponibilidad de bienes por parte de unos que, dado el carácter frecuentemente aleatorio de las comunicaciones transoceánicas, podía verse abarrotado de mercancías en los momentos menos esperados, y la experiencia mercantil por parte de otros.

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