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Corrientes unifica su política con Buenos Aires

- Hacia una política nacionalista

La firma del primer Tratado Cuadrilátero constituyó la primera manifestación de soberanía para Corrientes después de su Constitución como Estado propio.

Al cuadro sinceramente reconstructivo en la política interior, se le agregaba el sellar la unión de la estirpe argentina con un acto que fuese síntesis del espíritu nacionalista y del hondo sentimiento de autonomía y de individualismo de los pueblos concurrentes a la acción.

Resuelto que sólo un diputado representara a cada una de las cuatro provincias en las deliberaciones, Ramón Nicolás de Atienza emprende el viaje de retorno, iniciándose en Santa Fe el negociado, con la intervención del doctor Juan Nepomuceno de Goytía, -presbítero del Partido de Las Ensenadas- por Corrientes; del coronel mayor Francisco Fernández de la Cruz -ministro de Guerra- por Buenos Aires; del doctor Juan Francisco Seguí -Ministro Secretario, en todos los ramos- por Santa Fe; y de Casiano Calderón -Presidente del Congreso provincial- por Entre Ríos.

El 25 de Enero de 1822 se firmaron -en Santa Fe- dos Tratados: uno, público, cuyo texto obra en el segundo tomo del Registro Nacional y, otro, secreto, largo tiempo inédito(1).

(1) Publicóse en el tomo “Memorias del Brigadier General Pedro Ferré” y en el libro del doctor Hernán Félix Gómez, “De la Revolución de Mayo al Tratado del Cuadrilátero”. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

Las importantes deliberaciones que sintetizaron el Pacto(2), se abrieron el 15 de Enero de 1822.

(2) Véase el Tratado en p. 4 del Registro Nacional, tomo II. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

El Tratado Público contenía 17 artículos y el Tratado Secreto sólo cuatro. En el Registro Nacional obra el texto del primero, no así el del segundo, que tampoco se ha hallado en el Archivo de la Provincia de Corrientes en el que sólo se conserva -con las firmas auténticas de los diputados- uno de los originales, el de carácter público(3).

(3) Está agregado -por error- en el Legajo Expedientes Administrativos de 1822. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

La existencia de este Tratado Secreto era -sin embargo- incuestionable; en el Archivo de Corrientes obran dos oficios -fechados el 12 de Febrero de 1822- en los cuales, separadamente y con referencia a uno y otro de los Tratados, el Gobierno de Buenos Aires comunica al diputado por Corrientes, doctor Goytía, su ratificación a ambos Convenios(4).

(4) En el Oficio que alude a la ratificación del Tratado secreto se dice, “consta de cuatro artículos”. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

Los Tratados fueron ratificados por el gobernador Estanislao López -de Santa Fe- el 29 de Enero de 1822; por el de Entre Ríos, Lucio Mansilla, el 27 de ese mes; por el de Buenos Aires, Martín Rodríguez, el 8 de Febrero de 1822; y por el de Corrientes, Juan José Fernández Blanco, el 14 de Febrero, de igual año de 1822.

Cinco días después, el 19 de Febrero de 1822, el Gobierno de Corrientes remitía -a todos los Partidos o Departamentos de la provincia- copias autenticadas disponiendo, como se hizo, se reuniese el vecindario para darse lectura del documento.

Simultáneamente y fuera de toda duda para comunicarles las estipulaciones del Tratado Secreto, se citaba, a la capital, para el 4 de Marzo de 1822, a todos los Comandantes Militares para Junta General de Guerra.

Los términos del Convenio Público fijan dos conceptos capitales: el de la paz sincera y el de la unión en estado general. Afirmándolos, sanciona el statu quo de todas las cuestiones pendientes entre las cuatro provincias, que aludieran a territorios en litigio(5); y una acción colectiva y armónica, cuando se creyese oportuno iniciar la organización del Estado General.

(5) Derechos de Santa Fe sobre Entre Ríos y sobre la zona de Esquina, en lo que respecta a Corrientes; derecho de los pueblos de Misiones a darse un Gobierno y a solicitar la protección de cualquiera de las partes contratantes; etcétera. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

Su artículo Primero sancionaba la paz firme, la verdadera amistad y la unión permanente entre las cuatro provincias, cuya recíproca libertad, independencia, representación y derechos, se reconocían respectivamente.

Si los españoles, portugueses o cualquier otro poder extranjero, decía el artículo 2, invadiesen o dividiesen la integridad del territorio nacional, todas -inmediatamente- pondrán en ejercicio su poder y recursos para arrojarlo de él, y agregaba (Art. 3) que la misma Liga subsistía si alguna de las provincias contratantes era la víctima.

El Art. 4 estipulaba la misma alianza en el caso de que alguna -o todas las provincias de la Nación- las atacasen, y los subsiguientes ponderaban el vínculo de la nacionalidad, prohibían la declaración de guerra de una de las contratantes a otras provincias sin una conferencia previa de diputados, como un negociado -de igual carácter- que orbitase los esfuerzos en el sentido pacifista.

Completaban el Convenio estipulaciones sobre devolución de los soldados correntinos, que el general Francisco Ramírez arrebatara de la provincia, y que Lucio Mansilla retenía con pretextos, como sobre entrega recíproca de desertores; obligación de la de Buenos Aires de entregar armas y pertrechos de guerra; etc.

El Tratado Secreto es aún más categórico. Publicado a fines de 1921(6), denuncia en sus términos la política realizada por los hombres de la democracia correntina, desde 1810 a esa fecha.

(6) “Memorias del Brigadier General Pedro Ferré”, p. 253. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

En efecto: la paz, la amistad y la unión del Tratado Público se convertían en el secreto en “una alianza y Liga defensiva contra españoles, portugueses o cualquier otro poder extranjero que haya invadido o invada, dividido o dividida, la integridad del territorio nacional o particular de las cuatro provincias”(7).

(7) Artículo 1ro. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

La amplitud del Convenio era lógica. La Banda Oriental, dominada por los portugueses; los pueblos de Misiones, talados sanguinariamente; y la actitud expectante y de soberbia del dictador del Paraguay, obligaban a este compromiso providencial que consolidaba en el Nordeste de la patria anarquizada un grupo militar y político respetable.

Ya no iría a ser únicamente Corrientes el paragolpe contra el lusitano; la alianza ofensiva que José Gervasio Artigas estableciera como esencial para la política mesopotámica, cuya piedra angular era y debía ser la libertad de los ríos, triunfaba en los Tratados de Santa Fe, garantizándosela en el mismo Tratado Secreto(8).

(8) Artículos 2 a 4. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929). Edición del Estado.

* con el reembolso -por Entre Ríos- de los perjuicios motivados por la invasión de Ramírez;
* por ésta y Corrientes, de los Gastos hechos por la división santafesina que cooperó al triunfo del general Lucio Mansilla, y
* con la separación -por tres años- de los cargos públicos de estas dos provincias, de los ciudadanos complicados o adictos a las teorías de Ramírez y López Jordán y de “otros individuos discordantes con los sentimientos de los Gobiernos amigos, y que por ello puedan influir en deliberaciones que minen las bases y principios de la mutua amistad presente”.

El Tratado del Cuadrilátero es la forma inicial del federalismo orgánico que hoy asiste al país. Importa a la amplitud del estudio -a nuestro entender- agotar el laborioso período del federalismo instintivo, en que se sumaron los más dolorosos sacrificios y los instintos más selectos, latencias providenciales, que el imperio del orden, la Constitución de 1821 y los Pactos de Santa Fe, habrían de conformar a la evolución regularizada y fecunda que se abre para Corrientes desde 1822.

Ya no va a ser éste un período pleno de desgarramientos penosos, como los de las horas iniciales; una conciencia definidamente federal va a buscar en el proceso de las instituciones fórmulas sucesivas de bienestar y de equilibrio, y ese sentimiento autonomista, traducido en la ponderación de la individualidad colectiva en las relaciones nacionales, deparará a la historia argentina cruzadas homéricas que su pueblo inicia en Pago Largo para brillar en la etapa definitiva de Caseros y ser luz con los Gobiernos creadores de Juan Pujol.

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