PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
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- Sus elementos. El pueblo y el territorio. La Ciudad de Vera como núcleo civilizador. Su expansión hacia el oriente. Corrientes y su jurisdicción es adscripta a la Gobernación de Buenos Aires. Régimen político hasta 1810
El Estado Provincial dentro de los valores de la Constitución de la República, debe presentar para la efectividad del régimen federal y conforme a conceptos relativos, caracteres similares a los que ofrecen los credos de personería internacional. Debe tener un pueblo y un territorio y, dentro del factor pueblo, un orden lógico de instituciones que le dé la personería suficiente para actuar con genio propio en el proceso político-social de la nación.
Cuando faltan estos caracteres, el estado-provincia deja de constituir uno de los resortes del sistema federal y del país que podría ser la Argentina, marcha hacia el régimen unitario. Dentro de estos preceptos básicos, el Estado provincial de Corrientes siempre existió, remontando su personalidad a los primeros días de la conquista hispánica.
Cuando se analiza el plan de la colonización española en el Litoral argentino y se observa a Buenos Aires, Santa Fe, Corrientes y Asunción, las más antiguas de sus ciudades, perdurar sobre las dificultades del medio y la oposición bravía del indígena, el espíritu se afirma en encontrarse ante el fruto de un proceso histórico característico, y reconoce que los cuatro vecindarios iniciales han jugado en la sociabilidad de la región con perfiles propios.
Fundada el 3 de Abril de 1588, la Ciudad de Corrientes estaba destinada(1) por su situación geográfica a proteger la navegación del río, afirmando la conquista hispánica en la amplia circunferencia cuyo centro ocupaba, y cuyo diámetro partía de los puntos medios de las distancias que hacia el norte y el sur la separaban de Santa Fe y Asunción.
(1) Hernán Félix Gómez. “Orígenes de la Sociabilidad Correntina” (1917). // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
El plan de la conquista fue cumplido perfectamente; después de vencer a las tribus indígenas vecinas y de incorporarlas a su organismo por el régimen de las encomiendas, expedicionó hacia el norte conquistando los territorios que en la actual República del Paraguay limita el rio Tebicuary; hacia el nordeste, venciendo a los guaraníes salvajes y a los mamelucos invasores; hacia el oeste, sobre el Chaco, ya para establecer reducciones(2), ya para abrir rutas con Tucumán y Salta; y hacia el sudoeste, para patrullar y proteger la castigada Ciudad de Santa Fe, víctima de incursiones, continuas de los crueles abipones.
(2) San Gerónimo -frente a Goya- y San Fernando, hoy Resistencia, frente a la Ciudad de Corrientes. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
Escapa a la naturaleza del presente material el proceso histórico circunstanciado(3), de fácil comprobación, en el que lucen junto a estos esfuerzos sucesivos aquéllos que beneficiaron de inmediato a la nueva ciudad. Referimos a su notable y progresiva expansión hacia el oriente desde que el Paraná y las numerosas islas de su cauce limitaban la colonización en la margen occidental, donde los establecimientos y fundaciones fueron por ello mismo ribereños.
(3) Ver: Hernán Félix Gómez. “Provincialización de Corrientes” y “Orígenes de la sociabilidad correntina”. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
La verdadera penetración civilizadora se efectúa entonces hacia el Este y, es allí, a través de una obra lenta y tesonera, donde encontraremos el crisol providencial que fundó al alma de un pueblo.
Sin riquezas minerales que explotar, la nueva ciudad no tuvo más recursos que la agricultura y la ganadería, ni más mercado que el de sus necesidades y el consumo de los barcos que en ella reponían provisiones. El pequeño ganado vacuno que se trajera cuando la fundación -desde el Paraguay- y para cuya custodia se erigió un empleado especial, fue multiplicándose desproporcionadamente a las necesidades, y se alzó en la campiña comarcana.
Pero así que se regularizó el medio y pasaron los años, junto con la actividad de un naciente comercio por el Paraná, Corrientes fue despertando de su letargo, compitiendo en el mercado de Buenos Aires con granos, tejidos de algodón y algunos frutos regionales.
Este período de resurgimiento fue breve; desplazadas de sus primitivos asientos por las invasiones de los mamelucos, se corrieron hacia el sur, en el territorio actual de Misiones, las comunidades de los Padres de la Compañía de Jesús y, no obstante las reservas y las protestas del Cabildo correntino, arraigaron apoyadas por los gobernadores del Río de la Plata.
El incipiente comercio recibió un golpe de muerte, tanto más cuando en el deseo de arbitrar medios de vida a los vecinos de la Ciudad de Santa Fe, se la erigió en “puerto preciso”, debiendo las mercaderías ser bajadas en ese punto para su transporte por tierra, en carretas, al mercado de Buenos Aires.
La ciudad agonizaba, y hubiera tal vez desaparecido, víctima de la competencia y presión jesuítica y de estas vallas al comercio fluvial, si en todo el Río de la Plata no se hubiese reaccionado de la política de monopolio de España, convencidas todas sus clases sociales que los permisos de exportar al Brasil -que se daban por excepción- eran insuficientes para el desarrollo económico de la colonia.
Esta reacción instintiva ha sido caracterizada por Antonio de León Pinelo, relator del Consejo de Indias, en interesante Memorial elevado al rey de España en 1623, en nombre de la Ciudad de Buenos Aires. Abogando por el derecho a comerciar sin el monopolio de tierra firme, dice a S. M. que la necesidad no tiene ley, y que a falta de licencias los colonos habrían de pasarse sin ellas porque tenían derecho a vestirse, a alimentarse y a existir.
Y así fue; el contrabando de ultramar fue seguido del contrabando fluvial para eludir la descarga en Santa Fe y entregar sus productos en las islas del Delta, en la Colonia o en Montevideo; los frutos de la tierra se valorizan y entre ellos, en primer término, los de la ganadería. Al consumo local se agregan las exportaciones, y en ese concepto los ganados alzados, casi todos sin marca, se convierten en mina fabulosa de riqueza.
Corrientes no escapó a las consecuencias de este fenómeno; con o sin permiso de su Cabildo, que lo daba con el título de patente de “vaquerías”, se recorrió la campaña tras las tropas de vacunos, desgarretando a los animales y cuereándolos en cantidades fabulosas. Lo que antes hizo la espada, abandonando luego sus conquistas, lo repitió y amplió el interés privado; a su conjuro, poco a poco fueron avanzando, sobre la soledad, los campamentos que luego se convierten en vecindarios para desdoblarse a su vez en abanico sobre nuevas zonas y por esfuerzos periódicos.
Examinando la configuración física de la provincia, obsérvase una serie de ríos, casi paralelos, que desde los grandes bañados de Maloyas y el Iberá corren al sudoeste hasta caer en el Paraná; cada uno de ellos fue como trinchera abierta para esta penetración civilizadora, y es así que sucesivamente se desplazan al oriente las poblaciones, concluyendo por chocar con las “vaquerías” que se organizaban desde los pueblos jesuíticos limitados por el Miriñay.
Fácil es comprender el encono que produjo este choque de intereses y las largas cuestiones que se suscitaron sobre jurisdicción entre el Cabildo de Corrientes y las autoridades guaraníes de Yapeyú, la más meridional de las reducciones. Y como de parte de la una estaba el derecho, mientras asistía al jesuita el apoyo oficial, el encono degeneró en odio, multiplicado cuando las milicias correntinas fueron obligadas a custodiar la frontera del río Pardo(4) y expedicionar en el Chaco a las órdenes de los Padres de la Compañía de Jesús.
(4) Hoy Brasil. Zona que interesaba a las Misiones jesuíticas orientales. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
La reacción no se hizo esperar, y es así que cuando Antequera levanta el pendón de Padilla en el Paraguay, en 1721, “proclamando que la autoridad del pueblo era superior a la del rey”(5), también en Corrientes el pueblo se congrega al grito de “Viva el Común”.
(5) Bartolomé Mitre. “Historia de Belgrano”, tomo I, p 46. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
Como consecuencia de la valoración de los ganados y de su equivocada explotación, se encontró la conveniencia de regularizar este orden de cosas y es así como, radicándose en los lugares pastosos, cuyos accidentes naturales se prestaban al cuidado y a la reunión de la hacienda, se multiplica un vecindario rural educado en la propia satisfacción de sus necesidades y en el hábito de la defensa personal.
Desconocido el alambrado, buscóse con empeño lo que la jerga popular llamó “rincones”, es decir, el ángulo formado por arroyos caudalosos, fáciles de cerrar con cercos de ramas o de vigilar en uno de sus costados. En ellos se domesticaron importantes partidas de hacienda vacuna y caballar, y como los rincones no eran tan numerosos en las zonas inmediatas, los nuevos pastores continuaron su avance; primero San Roque y después Curuzú Cuatiá se convirtieron en centros de esta expansión definitiva, diseñándose en el proceso social la personería del pueblo pastor de la República.
Originariamente, y como las demás ciudades litorales, la de Corrientes y los pueblos de su jurisdicción dependieron de los gobernadores del Paraguay: pero, cuando Buenos Aires adquirió la importancia que le predecía su privilegiada situación geográfica, y cuando los gobernadores del Paraguay comenzaron a residir en ella haciéndola centro de sus operaciones, se dividió para la gestión administrativa la extensa zona litoral, haciéndose dos provincias, la del Paraguay y la del Río de la Plata.
Corrientes integró esta última provincia, cuyos límites se llevaron hasta el río Tebicuary, afluente del Paraguay, que lo era además de la jurisdicción correntina por el norte. Sus autoridades internas constituían las un Teniente de Gobernador y Comandante de Armas -designado por el gobernador de Buenos Aires-, el delegado de la Real Hacienda y el Administrador de Correos y, por el Cabildo de la ciudad capital -organizado conforme a la legislación de Indias- que designaba los jueces de campaña y ejercía jurisdicción sobre los Cabildos de naturales de las reducciones de Itatí y Santa Lucía.
Establecido el virreinato en 1776, y dividido para su mejor gobierno y administración en ocho Intendencias por las reales cédulas de 1782 y 1803, Corrientes, como integrante de la jurisdicción del obispado de Buenos Aires, quedó siéndolo de esta Intendencia, cuya gestión atendía directamente el virrey. Tal vez por ello este régimen federativo que la real cédula daba a la colonia no tuvo trascendencia ninguna en nuestro caso(6), en cuanto al estímulo de sentimientos localistas, no así en lo que respecta a las poblaciones del Paraguay que la limitaban por el norte.
(6) Mariano A. Pelliza. “Historia Argentina”, tomo l, p 157; J. A. González Calderón. “Introducción al Derecho Público Provincial”, p. 17. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
Definidas en organismo social y completamente perfiladas con la Ordenanza de Intendentes, se produjo la división espiritual entre el núcleo paraguayo y el de Corrientes, de cepa etnográfica idéntica, distingo acentuado con enojosas cuestiones de límites.
Y si se suma a estas circunstancias el odio popular al jesuita usurpador, y la perfecta caracterización geográfica del territorio correntino, surge espontáneamente la personería que el pueblo de Corrientes y los de su jurisdicción comunal sintetizan, preparando una obra propia en los sucesos políticos que se avecinaban.
- La revolución de Mayo y el tributo provincial - Sentimientos de autonomía - La cuestión económica y el federalismo. El Directorio reconoce ese sentimiento y le hace justicia - Decreto de provincialización. Simultáneamente Corrientes reúne su primer Congreso y su Cabildo declara su independencia política - Período del federalismo instintivo.
La revolución de Mayo sorprendió a los pueblos en ese estado de cosas, atrayéndose la simpatía y colaboración del de Corrientes. A la adhesión inmediata formulada por el Cabildo y al nombramiento de su primer diputado en la persona del doctor Juan Simón García de Cossio -correntino a la sazón Fiscal ante la Real Audiencia de Buenos Aires- le siguió una actividad militar sostenida.
La revolución iniciada en 1810 en el Río de la Plata tendrá un prolongado proceso de maduración y concreción. Los cambios políticos propuestos no se dieron con facilidad y un ejemplo puntual ha sido la decisión firme de declarar la Independencia. En la Asamblea del Año XIII se esbozó una aproximación a aquella Declaración, pero ésta no prosperó. El tiempo transcurrió y los objetivos de la Asamblea de declarar la Independencia y redactar una Constitución se diluyeron indefectiblemente.
La revolución de Mayo de 1810 generará en Corrientes -como en la mayoría de las jurisdicciones capitulares- discusiones sobre las decisiones políticas a tomar. El historiador Manuel Florencio Mantilla denominará a los sectores en pugna como “patriotas” y “sarracenos”, a pesar de los vínculos familiares y sociales que unía a sus miembros(7).
(7) Manuel Florencio Mantilla. “Crónica Histórica de la provincia de Corrientes” (1972), tomo I, p. 173, Buenos Aires.// Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Además de la expedición de Manuel Belgrano al Paraguay, organizada en el seno fecundo de Curuzú Cuatiá (como después el Ejército de los Andes en Mendoza), Corrientes luchó en el río contra las naves españolas que -desde Montevideo y del propio Paraguay- venían a dominarla y, cuando la victoria de José Francisco de San Martín en San Lorenzo cortó esos viajes piratas del sur y el pronunciamiento de Asunción las agresiones del norte, sus milicias marcharon al oriente a contener las invasiones que a sangre y fuego traían fuertes partidas portuguesas, o formaban con Belgrano en el ejército sitiador de Montevideo.
Fuera de lugar estaría una crónica de estos sucesos importantes de la frontera del Este, en que los soldados correntinos hermanaron con las milicias uruguayas. El esfuerzo común, el interés idéntico en vencer a Portugal que saqueaba en Misiones y en Corrientes y decía “proteger” a los españoles de la Banda Oriental, forjó vínculos respetables acentuados por los sucesos políticos del Río de la Plata.
El Cabildo de Corrientes tempranamente abrazó la causa de la Junta de Buenos Aires, desestimando la otra opción, es decir, la alianza con la política inicial del gobernador paraguayo Bernardo de Velazco y Huidobro, que defendía la autoridad del Consejo de Regencia(8).
(8) Dardo Rodolfo Ramírez Braschi. “Patriotas y Sarracenos ( la Lucha Revolucionaria en la provincia de Corrientes. 1810-1812)”, pp. 43 y sig.. Moglia Ediciones, Corrientes. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Hernán Félix Gómez sostiene que la popularidad que adquirió el movimiento revolucionario se explica a través de la reacción contra las directivas de sumisión que las autoridades de Asunción dispusieron para Corrientes(9).
(9) Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (de la Revolución de Mayo al Tratado del Cuadrilátero)”, segunda edición, pp. 33 y sig. Amerindia Ediciones, Corrientes. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Ni la Junta primero, ni el Triunvirato, ni el Directorio después, supieron considerar este orden de cosas en la exclusiva preocupación de vencer a Francisco Javier de Elío. El poder español de Montevideo era el único norte de sus esfuerzos, la amplia frontera con el Brasil apenas si preocupaba en la enormidad de las distancias; menos aún cuando el Triunvirato, en su afán de restablecer la hegemonía de Buenos Aires, comunicó al Cabildo correntino el restablecimiento de la Intendencia o provincia del mismo nombre, que la designación de diputados de la Junta de Mayo y los sucesos consecutivos habían debilitado o destruido en los hechos.
Agregóse a esto el factor económico. El puerto de Buenos Aíres, esencial para las intendencias o provincias del Interior del país, no lo era para toda la zona litoral, donde los caudalosos ríos son perfectamente franqueables a la navegación de ultramar. Se pretendía suprimir esta liberación geográfica con el centralismo administrativo, política equivocada que acentuó el sentimiento localista.
Los Tenientes de Gobernador que Buenos Aires nombraba a Corrientes -representantes de este centralismo que encarecía la vida al hacer que las importaciones y exportaciones pasasen por aquel puerto, fueron poco a poco perdiendo prestigio- tanto más cuando al Cabildo asistía la subrogancía del Gobierno en ausencia de los titulares.
En 1813, el Triunvirato gobernante en Buenos Aires nombrará al coronel José León Domínguez como Teniente Gobernador de Corrientes pero, el Cabildo local aceptará solamente la autoridad militar de aquél, negándole potestad política. Es que Corrientes, como en las demás jurisdicciones de la antigua Intendencia de Buenos Aires, resistía que los porteños designen al Teniente Gobernador que tendría la Administración Política, ya que comúnmente los intereses defendidos por aquel funcionario eran más cercanos al Puerto que a los locales. Estos funcionarios se transformaban en agentes naturales del centralismo, generando resquemores y resentimientos con su designación y el Año XIII no será una excepción.
Interpretando una circular que daba a los Tenientes de Gobernador el carácter de “subdelegados Comandantes Militares”, el Cabildo de Corrientes se negó el 23 de Septiembre de 1813 a entregar el mando político al Teniente de Gobernador José León Domínguez, designado por el Triunvirato. El titular reclamó de que sólo se le admitían sus facultades militares y, cuando el Triunvirato ordenó en Diciembre de ese año que se le integrara el mando político, un enorme descontento circuló por la provincia.
La autoridad porteña exigió que se restituya el poder político y esta diferencia generará malestar en la vecindad correntina. Un sector - afín al porteñismo- apoyará la decisión del Triunvirato pero, otro, opuesto a Buenos Aires -no identificado por hombres ligados a la élite de la ciudad- con apoyo cada vez mayor en la campaña, se mostrará partidario de una mayor autonomía en las decisiones.
La opinión pública se distribuyó en tres sentidos: entre los extremistas, partidarios unos del centralismo porteño y otros de la autonomía prescindente y separatista al estilo de la del Paraguay -ambos en minoría- formóse un partido numeroso de federales nacionalistas.
Los segundos, en su mayor parte oficiales que lucharon en la Banda Oriental a las órdenes del general José Gervasio Artigas, se pusieron a la cabeza de la reacción, y el gobernador José León Domínguez, impotente ante la situación, conociendo la imposibilidad de continuar en su gestión de mandatario -próximo a la capital un ejército al mando de uno de los tenientes de Artigas, Blas Basualdo- pretende embarcarse el 1 de Marzo de 1814, con todo el armamento y algunos vecinos, dejando abandonada a la ciudad.
La noticia congrega al pueblo y Juan Bautista Méndez -un ignoto vecino de Corrientes, con cierto poder miliciano como jefe de las fuerzas locales- se apodera del armamento e impulsa el cambio político, siendo designado al día siguiente por aclamación -en un Cabildo extraordinario- como Teniente Gobernador de la jurisdicción. Esta será la primera vez que el Cabildo de Corrientes designa, sin consentimiento de Buenos Aires, a la máxima autoridad política local.
Es que ya en 1814, en pleno accionar de la Asamblea Constituyente, la situación en Corrientes llegará a una tensa inquietud que buscará discutir los principios que los diputados reunidos en Buenos Aires omitían reconocer: la administración de los derechos de las provincias.
En el tratamiento de esta cuestión, dos serán los hitos fundacionales en la voluntad de los correntinos: la disposición capitular del 20 de Abril de 1814 y el Congreso Constituyente de Junio del mismo año.
- La situación social correntina hacia 1814. Corrientes y los Tratados del Pilar - Derrota de José Gervasio Artigas y la República Entrerriana - El movimiento de 1821 y la Constitución definitiva del Estado Provincial.
Hacia fines del siglo XVIII la expansión de las fronteras aumentó el aislamiento y la decadencia de los hábitos y costumbres tradicionales, así como también aumentó la delincuencia. El problema residía -en buena medida- en la necesidad de un mayor control judicial y fiscal de la campaña, pero también en la falta de ocupación estable de la población rural, empobrecida y sin propiedad.
La Ciudad de Corrientes no supo y no pudo controlar la situación que se le escapó literalmente de las manos.
La vida rural en la campaña correntina entrañaba muchos peligros y limitaciones para los campesinos, que se hicieron sentir nítidamente en este período. Esta situación generó algo inédito en la historia de Corrientes: si bien la ciudad había sido el motor de la expansión territorial, ese proceso significó la pérdida del poder efectivo de la élite urbana en el proceso político a medida que la campaña establecía su personalidad.
La miopía política de Buenos Aires y el avasallante empuje proveniente de la Banda Oriental en la figura liderada por José Gervasio Artigas terminó por catalizar la sociabilidad correntina volcando todo el poder a la campaña que marcará la política en la segunda década del siglo XIX.
Es que en la campaña correntina se había empezado a formar una masa rural sin hábitos sociales consolidados, desarraigada y mísera, cuya inestabilidad y rudeza de costumbres se harán visibles con el estallido de las guerras civiles del Litoral en la segunda década del siglo XIX y el hombre que interpretará -como Jefe- este estado de cosas, será José Gervasio Artigas.
Este Jefe es nada más que un hombre más “leído”, más guapo, más hábil, más jinete, mejor enlazador, más ducho en las faenas de la yerra y del corambre, más discreto enamorador. Y a ese hombre no se lo teme, se lo admira. Por eso el campesinado correntino irá con él, y obedecerán lo que él diga.
La campaña tendrá su Jefe que no será comerciante, militar, hacendado, letrado ni sacerdote. Será simplemente aquél que interpreta los sentimientos y necesidades del desheredado campesino correntino.
Artigas creía indispensable que cada “país” -en el sentido de identificar aquel territorio que tiene identidad política, cultural y social propias- a través de sus propios órganos políticos tomase las decisiones necesarias encaminadas a la libertad e independencia, afianzando sus potestades políticas, tal como lo demuestran las correspondencias sostenidas desde un primer momento con el gobernador intendente de Corrientes, Juan Bautista Méndez -puesto al servicio de los planes del Protector- declarando que se tornaba imprescindible avanzar en la organización del país, constituyendo una Liga con las demás “provincias”(10).
(10) Archivo General de la Provincia de Corrientes, Correspondencia Oficial, tomo 5, folio 36. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
También el Jefe oriental dictará expresas Instrucciones a Genaro Perugorría en el mismo sentido(11).
(11) Archivo Artigas. “Comisión Nacional Archivo Artigas” (1981), tomo XIX, p. 28 (San Roque, 9 de Abril de 1814) y p. 29 (Cuartel General, Abril 14 de 1814). Impresores A. Monteverde y Cía S.A., Montevideo. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El Cabildo correntino interpretará los nuevos tiempos dejando para la posteridad el Acta del 20 de Abril de 1814, expresando su adhesión al artiguismo, comulgando con las ideas del caudillo oriental, declarando la Independencia bajo el sistema federativo, a pesar que sectores capitulares tratarán de evitarla(12).
(12) Archivo General de la Provincia de Corrientes, Actas Capitulares, tomo 46, foja 1 (vta.). // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El Acta Capitular del 20 de Abril de 1814 será la primera manifestación expresa y formal de adhesión de Corrientes al sistema federal de gobierno, proclamando sus derechos autonómicos, resolviendo “declarar la independencia de la provincia bajo el sistema federativo” y reconociendo a José Gervasio Artigas por Protector con todos los recursos de la Liga.
Pero la representación de la Sala Capitular no contaba con una legitimidad de todos los pueblos y villas adherentes a la ciudad, razón por la cual el artiguismo considerará indispensable la necesidad de convocar a un Congreso con la representatividad de todas ellas. Este punto de vista significó una estrategia hábil del general Artigas; la declaración del Cabildo, en manos de la burguesía mercantil de la Capital, no reunía el prestigio de las poblaciones rurales donde la milicia licenciada había sembrado fuertemente el individualismo y, en ese sentido, urge la reunión de un Congreso Provincial que apoyan las milicias en armas.
El Cabildo lo convoca para el 25 de Mayo de 1814, reuniéndose en definitiva por primera vez el 2 de Junio. Organizadas sus autoridades y jurada su obediencia por los vecindarios correntinos, decreta el censo de la riqueza y la población, legisla sobre impuestos, fija el arancel eclesiástico y organiza el Estado Provincial.
Entre los hombres de la Ciudad de Corrientes, los cambios artiguistas generarán dudas e incertidumbre; uno de los más talentosos será Pedro Juan Ferré. Figura principal -aunque de ninguna manera única- había crecido en la industria local de construcción de buques; se casó bien (en 1810), y para 1820 ya será propietario del mayor astillero de Corrientes.
Su posición le dará ascendencia entre los comerciantes de la ciudad, quienes reconocían en él a un vocero potencial y será precisamente Ferré quien a cuatro días de la declaración capitular -que declaraba la autonomía provincial y el Protectorado de Artigas- sostenía que el Cabildo tendría obstáculos para la convocatoria a un Congreso Provincial debido a la convulsión anárquica en que se encontraba toda la campaña, generándole -paralelamente- preocupación sobre qué pueblos conformarían la Liga y si incluiría al Paraguay(13).
(13) Archivo Nacional de Asunción, Sección Histórica, Nro. 2 - 431. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Ferré expresa con claridad cuáles eran los temores que afectaban a aquéllos que no coincidían plenamente con Artigas, siendo la principal cuestión a resolver la intensidad del vínculo con Buenos Aires. En esa intensidad residía la diferencia: desde aquéllos que imaginaban la eventual soberanía política absoluta hasta aquéllos que pensaban en integrar un futuro Estado ligado a las demás provincias del antiguo Virreinato.
A pesar de las incertidumbres y de este germen de resistencia inoculado por un pequeño grupo de hombres ligados al poder político y social de la ciudad se iniciarán -dos meses después, más precisamente el 11 de Junio de 1814- las sesiones del Congreso, que estará conformado por representantes de toda la provincia, siendo la mayoría de su miembros hombres ligados a la revuelta campaña.
Era una movida política de Artigas; el Congreso marcaba supremacía sobre el Cabildo a pesar que éste había dado su consentimiento y aprobación a la nueva situación.
En el seno del Congreso las ideas y los proyectos a seguir no serán unánimes. Habrá disparidad de criterios. Uno de los grupos, cuyas voceros principales fueron José Simón García de Cossio y Angel Fernández Blanco (de la capital), buscarán incorporar a Corrientes al orden institucional vinculado con la Asamblea Constituyente que sesionaba en Buenos Aires. Todo quedará en agua de borrajas; el artiguismo y por ende la campaña marcarán el compás de la política hasta la finalización de la década.
Este primer Congreso correntino estuvo compuesto de la siguiente forma: diputado representante del general José Gervasio Artigas y presidente del Congreso, capitán Genaro Perugorría; diputado por la Capital, José Simón García de Cossio; por Santa Lucía de las Astos, fray José de Pessoa; por San José de las Lagunas Saladas, Juan Francisco Cabral; por el Riachuelo, fray José Garamendi; por Ensenadas, Juan Bautista Fernández; por San Roque, Juan Antonio Rajoy; por Santa Rita de la Esquina, Francisco Javier de Lagraña; por Goya, Vicente Gómez Botello; por Yaguareté Corá, Manuel Ignacio Pérez; por Itatí, Bernardo Garay; por Empedrado y San Lorenzo, José Antonio Paz; por Caá Catí, Baltasar Acosta; y por Curuzú Cuatiá, José Cayetano Martínez(14).
(14) Wenceslao Néstor Domínguez. “El Primer Congreso Correntino” (1964), pp. 47 y 48, Buenos Aires. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Mientras tanto, la lucha entre el general José Gervasio Artigas y las autoridades de Buenos Aíres había terminado con el tratado de paz del 9 de Julio de 1814, entre éste y el general Carlos María de Alvear. Y el suceso, comunicado el 29 de Julio, por Manuel Francisco Artigas (hermano del Protector) desde la Villa del Paraná, a los miembros del Honorable Congreso, llegó a Corrientes en los primeros días de Septiembre, alentando las aspiraciones de los “federales nacionalistas”.
El tratado declaraba la renuncia, por parte de Artigas, al poder político que ejercía en las actuales provincias de Entre Ríos y Corrientes, denominadas en forma genérica con la calificación de “continente entrerriano”, renuncia que debía entenderse -al tenor de artículos adicionados al ratificarse por el Protector- “sin perjuicio del derecho que el continente entrerriano tenía para organizar su Gobierno”.
Gervasio Antonio de Posadas, Director de las Provincias Unidas, encontró en esta situación de cosas una brillante oportunidad para captarse la adhesión de los pueblos mesopotámicos, y expide el decreto del 10 de Septiembre de 1814 declarando Provincia del Estado a la Ciudad de Corrientes y pueblos de su jurisdicción.
Paradójicamente, las dos fuerzas en pugna se pusierond e aceurdo en elr econocimientode Corrientes como unidad política: Buenos Aires a través del decreto de Posadas, y el artiguismo que sanciona en la ley la obra del Cabildo y del primer Congreso correntino, actos que concluyen por definir la personería política de un pueblo que había hecho su alma en la escuela del sacrificio y del trabajo.
- Buenos Aires o Artigas; no hay otra opción
No vamos a eludir al largo y doloroso período que se abre desde 1814 hasta los Tratados del Pilar, y en que el pueblo correntino, constituido en Estado, estuvo sujeto a un doble proceso, de respetabilizarse ante el centralismo de los hombres de Buenos Aires, y de regularizar su vida interna; donde las masas rurales -adueñadas de los resortes del Gobierno con el instrumento de los Congresos- ahogaron a la burguesía mercantil de la Capital y alteraron el orden proveniente desde los tiempos de la colonia en el manejo de las instituciones.
Son seis años azarosos, difíciles, en que la población de la campaña -igualada en la milicia democrática- se encarna en las figuras del artiguismo.
Sujetarse a Buenos Aires implicaba entrar vigorosamente en la órbita de sus decisiones, lo que involucraba una adhesión incondicional a la política del Directorio, la que estaba muy distante de reconocer principios de soberanía o algún accionar de autonomía por parte de las provincias.
Un hombre clave en los sucesos será el joven Genaro Perugorría, nombrado por Artigas como su representante ante el poder político local. Este, fracasado el intento de inducir a los integrantes del Congreso a un acercamiento con Buenos Aires, volcará sus esfuerzos en ganarse la voluntad del inexperto Perugorría.
Los partidarios de esta política encontrarán el rostro visible para enfrentar militarmente al artiguismo y Perugorría se extraviará y hasta perderá la vida en el despiste.
Por su parte, el sector artiguista conculcaba la urgente necesidad de crear la existencia estadual de la provincia, de recrear el contexto necesario para ejercer el pleno derecho a través de sus órganos de Estado y decidir sobre las cuestiones de política local. Para esto se debía lograr la organización política e institucional, la que otorgaría garantías de preservación de los derechos autonómicos.
Eran dos interpretaciones de un momento histórico extremadamente complicado y riesgoso: el primer grupo daba primacía a intereses económicos y sociales, por lo que la pretensión era crear una estructura estadual acorde a esos intereses; en oposición, se encontraban aquéllos que consideraban imprescindible para el crecimiento económico de la provincia el tener plena autonomía territorial y autodeterminación política.
La etapa de predominio artiguista en Corrientes generará disputas internas. Si bien el artiguismo conseguirá una importante adhesión entre los años 1814-1819, no fueron menores los cuestionamientos de parte de los grupos opositores que denunciaban desórdenes -a los que consideraba escandalosos- en la campaña, el despoblamiento y la violencia que, como afirmó Manuel F. Mantilla: “era raro el gaucho que no fuese ladrón o un asesino, cuando no las dos cosas”(15).
(15) Manuel Florencio Mantilla. “Crónica Histórica de la provincia de Corrientes” (1928), tomo I, pp. 202-203, Buenos Aires. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Es aquí cuando comienzan a tomar dimensión y preponderancia las figuras de Andrés Artigas y Blas Basualdo quienes, por orden de Artigas, comandarán columnas militares para enfrentar el avance de las tropas brasileñas que reiteradamente traspasaban el río Uruguay para saquear estancias y llevarse toda clase de bienes. Pero, en ese marco, también Andrés Artigas y Blas Basualdo incursionarán en la política correntina generando inestabilidad y enfrentamiento con los sectores oligárquicos de la ciudad.
Estas disputas pusieron en juego el destino que debía tomar Corrientes, que se debatirá entre la adhesión a Artigas y la voluntad permanente de Corrientes de permanecer unida a la “familia argentina”.
- El Directorio y la creación de Provincias
Con una consolidada fuerza homogénea, el primer Director Supremo elegido por la Asamblea del Año XIII, Gervasio Antonio de Posadas, intentará instrumentar la creación de Provincias en el Río de la Plata. Corrientes compartirá un mismo decreto con Entre Ríos y Misiones. Decimos intentará, porque el decreto directorial no entrará nunca en vigencia, al no ser ratificado por la Asamblea.
Es que lo de Posadas era una ficción de difícil concreción que sólo buscaba la debilitación del poder de José Gervasio Artigas. A tal punto esto es comprobable que, seis años después, cuando la élite política de Buenos Aires firma el acuerdo del Pilar, lo hace con Estanislao López -gobernador de Santa Fe- y con Francisco Ramírez, a cargo del "entrerríos", es decir, sin hacer distinción alguna de jurisdicción -como lo hizo Posadas- entre Corrientes y Entre Ríos.
La instrumentación de un Gobierno centralizado, vinculado reciamente a los intereses económicos de Buenos Aires, que buscaba transformar las antiguas jurisdicciones capitulares en provincias y, por ende, en mercados, iba indefectiblemente a terminar en fracaso. El centralismo porteño pretendió la creación de provincias mediante decretos, como una prosecución de la antigua Real Ordenanza de Intendentes para el Río de la Plata.
Buenos Aires no comprendía que las provincias no existen por disposición de un Gobierno centralizado, que ni siquiera contaba con una Constitución escrita que le dé un marco de legalidad, ni sumaba el consenso ni legitimidad general necesarios para tomar medidas de tamaña magnitud. El Directorio otorgaba a las provincias una existencia tan sólo administrativa, sin vida autonómica, cuando su poder ni siquiera era reconocido por su destinatario.
La existencia de las provincias no emana de una creación legislativa originada en un Organo ajeno a ellas, sino que son realidades histórico-culturales de un proceso evolutivo político logrado a través de sus propias Instituciones. Estas “provincias”, pretendidas por el Directorio, nacían viciadas de derechos, coherentes para la construcción de un Estado centralizador. Si bien se lograba una separación jurisdiccional de Buenos Aires, proseguía la dependencia política y económica.
El mejor ejemplo de esta interrelación de “provincias” directoriales es que se las consideraba como simples entidades administrativas, sin derechos autonómicos, con la característica que su principal autoridad política sería el gobernador-intendente elegido desde Buenos Aires. Este era simplemente un funcionario que residía en la provincia, pero políticamente dependiente del Gobierno porteño.
Buenos Aires insistía con el concepto de los gobernadores intendentes nombrados antes de 1814. El decreto fechado el 10 de Septiembre de 1814 expresaba en sus artículos Segundo y Tercero la creación de la Provincia de Corrientes, determinando que la Ciudad de Corrientes y los pueblos de las Misiones -con sus jurisdicciones respectivas- formarían la nueva Unidad Política.
En lo político, la provincia estaría administrada por un gobernador-intendente, separada de la jurisdicción de la Intendencia de Buenos Aires.
El decreto de Posadas establecerá a la Ciudad de Corrientes como capital de la provincia. Este decreto creaba una jurisdicción político-administrativa sin derechos autonómicos. Corrientes carecía de potestad para construir sus propias disposiciones legislativas y ni siquiera podía elegir a sus autoridades políticas, ya que el gobernador-intendente sería designado por el Director Supremo.
La disposición firmada por Gervasio de Posadas jamás entró en vigencia ya que no fue tratada ni ratificada por la Asamblea Constituyente, por lo que Corrientes se constituirá en Provincia por decisión de sus órganos locales siete años después, con la entrada en vigencia de su Constitución y la elección de su primer gobernador.
En 1814 se proclamó la autonomía de Corrientes, pero no se plasmó en la institucionalización. Había una población con voluntad independentista; había una territorio plenamente diferenciado; pero faltaba la Ley Fundamental que rija la vida estadual en plenitud, lo que se logrará recién en Diciembre de 1821.
Políticamente, el decreto del Directorio porteño no será más que una maniobra de las autoridades de Buenos Aires para debilitar y dividir el bloque artiguista de la Liga Federal.
La provincia de Corrientes como entidad soberana y autónoma emergerá por voluntad propia, en reivindicación de sus derechos. 1821 será el año de un profundo cambio que implicó el logro de la autonomía de la provincia, luego de la dominación sucesiva de Buenos Aires, José Gervasio Artigas y Francisco Ramírez y el del comienzo de importantes mudanzas en el escenario político y económico del Río de la Plata.
Pero la herida abierta en 1814 permanecerá en el tiempo. Incluso en 1821 se hará presente cuando la campaña -ahora liderada por Pedro Juan Ferré- no armonizará sus tiempos al registrarse el movimiento autonómico de Octubre. Nicolás Ramón de Atienza y Juan José Fernández Blanco procederán al desalojo del poder de los entrerrianos sin esperar la presencia de Ferré al frente de los milicianos del Interior.
El trascendental movimiento de Octubre de 1821 se registra cuando el único hilo que une a Corrientes con el exterior es el comercio, nexo que la élite política de la ciudad solidificará con un estrecho acercamiento al Buenos Aires de Rivadavia, que se concretará en la firma del primer Tratado Cuadrilátero.
Años después -a un cuarto de siglo- la herida de 1814 volverá a abrirse cuando otro exponente de la élite urbana, Rafael León de Atienza, tome distancia de Pedro J. Ferré. Otra vez será Buenos Aires la causa de la grieta y esta vez de la mano de Juan Manuel de Rosas.
- Corrientes y la convocatoria a Arroyo de la China
A mediados de 1815 ,el “país” estaba en una situación crítica. José Gervasio Artigas lideraba la Liga de los Pueblos Libres que comprendía a Corrientes, la Provincia Oriental, Santa Fe y Entre Ríos. Córdoba simpatizaba también con la causa federal.
Por otro lado, el Director Ignacio Alvarez Thomas controlaba Buenos Aires, Cuyo y las provincias del Noroeste. El Alto Perú estaba aún en disputa, pero la derrota de Sipe-Sipe lo dejó bajo dominio realista. Y el Paraguay ya había comenzado su camino autónomo.
De tal modo, el territorio real bajo poder de los federales era igual o superior que el de las “Provincias Unidas” con control, además, de las vías navegables y salida al mar.
En esa situación es que Artigas convoca a un Congreso en Arroyo de la China (Concepción del Uruguay) con la presencia de diputados de todas las provincias de la Liga y de Córdoba.
En el contexto del proyecto y organización política del artiguismo, el Congreso de Oriente tuvo importancia fundamental. La convocatoria de la representatividad de todos los pueblos de las provincias que conformaban la Liga Federal estaba destinada a afianzar la idea de independencia política y construir los mecanismos del funcionamiento del sistema federal de gobierno.
Esto mismo se realiza en un momento donde el artiguismo vivía el cenit de su poder y de consolidación en las provincias que se comprometieron con su proyecto, a pesar de los graves problemas existentes con Buenos Aires y los hostigamientos fronterizos con Brasil.
José Gervasio Artigas insistió permanentemente en la organización de aquel Congreso, tal como lo demuestran las correspondencias entre el caudillo federal y el gobernador o el Cabildo de Corrientes.
El 19 de Enero de 1815 se dirige a la Sala Capitular correntina, manifestando que:
“Al efecto le daré las instrucciones convenientes entre tanto no se formalice un Congreso General para el ajuste de las bases que deben regirnos”(16).
(16) Hernán Félix Gómez. “El general Artigas y los Hombres de Corrientes” (2010), pp. 82-84. Editorial Amerindia, Corrientes. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El Congreso, de acuerdo a la voluntad de Artigas, debería definir las bases de la organización política e institucional.
Del mismo modo, en referencia al Congreso, el 13 de Marzo de 1815 escribe a Andrés Artigas, Comandante del Territorio de Misiones:
“Por el conducto del gobernador de Corrientes, puse a Usted hace tres días las Circulares para que mande cada pueblo su diputado indio al Congreso del Arroyo de la China.
“Usted dejará a los pueblos en plena libertad para elegirlos a su satisfacción, pero cuidando que sean hombres de bien y de alguna capacidad para resolver lo conveniente”(17).
(17) Archivo Artigas. “Comisión Nacional Archivo Artigas” (1981), tomo XX, pp. 240 y 241. Impresores A. Monteverde y Cía S.A., Montevideo. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
En el mes de Abril, Artigas envía una Circular a los pueblos instruyendo sobre los pasos a seguir en la elección de representantes y en las pautas del Congreso convocado. Dicho documento en su parte pertinente dice:
“…creo ya oportuno reunir en Arroyo de la China un Congreso compuesto de los diputados de los pueblos y, para facilitar el modo de su elección, tengo el honor de acompañar a V. S. el adjunto Reglamento, confiando en el esmero de esa Ilustre Corporación que, eludiendo hasta el menor motivo de demora, al momento de recibir ésta, dé las disposiciones competentes para con igual actividad se proceda en ese Departamento a la reunión de las Asambleas Electorales, encargando muy particularmente en que los ciudadanos en quienes la mayoría de votos haga recaer la elección, sean inmediatamente provistos de sus credenciales y poderes y se pongan con toda prontitud en camino al indicado punto de Arroyo de la China, no siendo posible fijar otro que aminore la distancia, por ser el prescripto un punto medio relativamente a los demás pueblos que deban concurrir.
“El orden, la buena fe y la voluntad general deben caracterizar el todo, que recomiendo al celo de V. S.”(18).
(18) Salvador Cabral. “Artigas y la Patria Grande” (1978), p. 122. Ed. Castañeda, Buenos Aires. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
En Abril, los mecanismos de la convocatoria y reunión del Congreso estaban en marcha y, en Mayo y Junio de 1815 se materializarán las elecciones en las distintas jurisdicciones de los pueblos, las que se definieron en Asambleas reunidas en el Cabildo o plaza de cada pueblo con la reunión de los vecinos.
En los primeros días del mes de Junio, José Artigas -Jefe de los Orientales y Auxiliador de los Pueblos Libres, como lo denominaban en Corrientes-(19) urgía al Cabildo de la ciudad el envío de diputados, ratificando se debían elegir dos diputados por la Capital y uno por cada uno de los pueblos de la campaña(20).
(19) Archivo General de la Provincia de Corrientes, Correspondencia Oficial, tomo 7, foja 2.
(20) Hernán Félix Gómez. “El general Artigas y los Hombres de Corrientes” (2010), pp. 107 y 108, Amerindia Ediciones.
// Todo citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El Cabildo de Corrientes había ordenado la elección de los diputados a través de una Circular de fecha 23 de Mayo de 1815, por la que los pueblos correntinos designaron representantes, con la siguiente nominación: por la Capital, Angel Mariano Vedoya y Juan Francisco Cabral; por San Roque, el mismo general José Gervasio Artigas; el 4 de Junio el pueblo de Riachuelo eligió a Serapio Rodríguez(21).
(21) Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo al Tratado del Cuadrilátero)” (1997), p. 98. Amerindia Ediciones Correntinas, Corrientes. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El 9 de Junio, el Cabildo del pueblo indígena de Itatí eligió a Juan Bautista Fernández; en Santa Rita de la Esquina fue elegido Bartolomé Lezcano, pero el Cabildo de Corrientes lo objetó por ser residente en la Capital provincial, por lo que el 22 de Junio fue elegido Sebastián Almirón(22).
(22) Asamblea General. Cámara de Representantes de Uruguay. “Artigas y el Sistema Representativo. 1813-1819” (1966), p. 143. Editor: la Cámara, Montevideo. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El Cabildo indígena de Itatí expresaba así la designación de su representante, agregando un reclamo sobre la isla Apipé
“En este pueblo de Nuestra Señora de Itatí, a los nueve días del mes de Junio de mil ochocientos quince, el Administrador y Cabildo con asistencia del Señor Gobernador-Intendente nos juntamos en esta Sala de nuestros Acuerdos a tratar y conferir asuntos que sean útiles a beneficio del pueblo, y promulgar igualmente un Bando mandado por Su Señoría a pedimento nuestro, y habiéndose leído con voz clara y fijado con este Cuerpo de Guardia:
“Acordamos enseguida se le franquee al diputado cincuenta pesos de plata, que lo es el ciudadano Juan Bautista Fernández, quien deberá tratar en el Congreso General que se deberá tratarse en el Arroyo de la China por disposición de nuestro Jefe Supremo de los Orientales, ciudadano José de Artigas, a dicho Diputado reencarga este Ilustre Cabildo debida las gracias por el beneficio con que Su Excelencia ha puesto sus consideraciones en nuestra infelicidad;
“Segunda, que reclame por la Isla de Apipé, por vez esta propia de la Comunidad, que sin conocimiento de este Cabildo hizo dominación el Administrador de este pueblo al Señor Virrey Don Santiago Liniers”(23).
(23) Archivo General de la Provincia de Corrientes, Comunicación Oficial, tomo 7, folio 45. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El correntino José Simón García de Cossio se hallaba en el campamento de Artigas y, aunque no fue elegido diputado, tuvo activa participación en el Congreso por su formación e intelectualidad, siendo uno de los preferidos por los representantes reunidos a parlamentar con las autoridades de Buenos Aires y alcanzar un posible entendimiento, el que no se concretó.
No consta la presencia de García de Cossio en el Congreso de Oriente con representación alguna; su asistencia se debió a la decisión de Artigas. El correntino se hallaba en el campamento del Jefe oriental desde hacía tiempo atrás ya que, junto a otros comprovincianos, fue enviado allí por estar acusado de participar del levantamiento contra Artigas encabezado por Genaro Perugorría varios meses atrás.
Artigas los había sometido a procesos de juzgamiento, condenado a Perugorría a la pena de muerte, mientras que a los demás no les encontró responsabilidad alguna.
De allí la presencia de García de Cossio en el campamento de Artigas de quien obtuvo la representación de la Comandancia General de Entre Ríos, que en ese momento abarcaba la jurisdicción correntina(24).
(24) Salvador Cabral. “Artigas y la Patria Grande” (1978), pp. 145-146. Ed. Castañeda, Buenos Aires. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Artigas consideró que García de Cossio no tuvo responsabilidad en la sublevación de Perugorría, tal como lo comunica al gobernador correntino José Silva:
“... el Dr. Sr. José García de Cossio y don Francisco de Paula Araujo Escr. Gob. tendrá entendido que nada ha resultado contra el honor después de varios informes que se han solicitado (...).
“Téngale Ud. así entendido y que los señores Cossio y Araujo son dignos de mi estimación”(25).
(25) Archivo General de la Provincia de Corrientes, Comunicación Oficial, tomo 7, folio 76. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
Es evidente que las dotes de abogado con gran experiencia en el accionar del Estado por parte de García de Cossio hicieron ver a Artigas lo vital de su participación como jurista.
Con la presidencia de José Gervasio Artigas se reúnen los diputados en Arroyo de la China. Se inician las sesiones el 29 de Junio.
Las deliberaciones giraron en referencia al futuro político de las provincias y la relación con Buenos Aires, pero el temario quedó reducido a la consideración “de los medios de una unión libre, igual y equitativa, con el Gobierno de Buenos Aires” y a “fundar sobre esa base una paz sólida y duradera”(26).
(26) Washington Reyes Abadie; O. H. Bruschera; T. Melogno. “El Ciclo Artiguista”, tomo III, p. 100. Universidad de la República, Montevideo. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”
Lo tratado sólo se conoce indirectamente a través de correspondencias o informes de sus participantes, ya que no se llevaron a cabo actas, no descartándose la posibilidad de que se hayan extraviado, por lo que no se conserva la precisión de lo tratado y lo resuelto. A raíz de la falta de actas de los pormenores del Congreso, lo resuelto entra en el campo de las deducciones y conjeturas. La diversidad de opiniones caracteriza a la interpretación sobre aquella Asamblea.
Algunos consideran que sólo fue un intento de reunión la que no fue concretada. Otros afirman que sólo se trató de una mera reunión de consulta frente al problema porteño; y un tercer grupo sostiene que los representantes reunidos en Arroyo de la China tomaron la decisión de jurar la Independencia de las provincias de la Liga Federal(27).
(27) Salvador Cabral. “Artigas y la Patria Grande” (1978), p. 136. Ed. Castañeda, Buenos Aires. // Citado por Dardo Ramírez Braschi. “La soberanía correntina y la Liga de los Pueblos Libres”.
El Congreso eligió representantes para negociar ante Buenos Aires, misión diplomática que se concretó en el mes de Julio de 1815, pero terminó en fracaso, ya que no se arribó a ningún acuerdo y las hostilidades bélicas contra Buenos Aires se potenciaron, las que tendrán -con el transcurrir del tiempo- su corolario final en la batalla de Cepeda y el exilio de José G. Artigas en Paraguay.
Todo indica que en la apertura del 29 de Junio hubo, en efecto, Proclamas favorables a la independencia y al respeto a las autonomías provinciales: es coherente con el ideario de los asistentes y con las Instrucciones que habían recibido los diputados orientales en 1813(28).
(28) En 2015, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó que el 29 de Junio de ese año sea “feriado por única vez” para conmemorar el bicentenario de la “primera Declaración de la Independencia de la dominación extranjera”. Asimismo se instituyó que la fecha sea, en adelante, “Día de la Declaración Independentista”. // Citado en descubrircorrientes.com.ar
La reivindicación del Congreso de Oriente o de los Pueblos Libres no propone el desmedro del de Tucumán, el 9 de Julio de 1816, pues es notoria la complementariedad de ambos. Al de Tucumán concurrieron las provincias andinas: Cuyo, el Noroeste, el Alto Perú, además de Buenos Aires, que había fracasado en su intención de organizar la convocatoria en su territorio.
Al de Concepción del Uruguay fueron las provincias litorales: la Banda Oriental, las Misiones, Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe. Córdoba envió delegaciones a ambos Congresos.
Encontramos aquí una de las evidencias más contundentes de la realización del Congreso de Oriente y de la concreción de su propósito independentista: ninguna de las provincias que concurrieron a él participó del que tuvo lugar en Tucumán. Ya habían cumplido con el trámite en Concepción del Uruguay.
No han llegado las Actas hasta nuestros días. Quizás no las hubo o fueron hechas desaparecer por los invasores portugueses desde el Brasil. O por los unitarios liberales vencedores de las guerras civiles. Tampoco sobrevivieron las Actas originales del Congreso de Tucumán, aunque pudieron conocerse gracias a una providencial copia guardada por el secretario José Mariano Serrano.
Pero, lamentablemente, las Actas se han extraviado y los hechos se han reconstruido a partir de testimonios orales. Por lo tanto, los textos que circulan como Declaraciones del Congreso no son sino reelaboraciones posteriores.
La carencia de documentos escritos habla también de un estilo asambleario que caracterizó al artiguismo y a un tipo de democracia directa no tan institucional y formal como la que primó en el Congreso de Tucumán.
De cualquier modo, el Congreso de Oriente es un hecho de extraordinaria importancia al que se le restó valor o se prefirió ignorarlo. Pero que hubo un Congreso y que de él emanó un sólido poder político es incuestionable: en los meses siguientes, Artigas dictó importantes resoluciones; firmó acuerdos internacionales; y lució una bandera que identificó a los “Pueblos Libres”: celeste y blanca con banda punzó.
Ni Santa Fe, ni Entre Ríos, ni Corrientes, ni Misiones, ni la Provincia Oriental enviaron diputados a Tucumán. Sólo Córdoba participó de ambos Congresos y una sola persona, el diputado José Antonio Cabrera, tuvo el honor de escuchar a José Artigas -en Junio y Julio de 1815, en Arroyo de la China- y a Francisco de Laprida y Juan José Paso el 9 de Julio del año siguiente, leyendo el Acta, en Tucumán.
La independencia fue un proceso mucho más complejo que una simple reunión de congresales y un solemne acto de proclamación e incumbe a todos los que lucharon por ella.
Antes de los dos meses de su instalación, Artigas dio por terminadas las sesiones del Congreso.
El broche final de este proceso político son los Tratados del Pilar, fórmula política incompleta desde el punto de vista de Corrientes. Este pacto fue firmado el 23 de Febrero de 1820, entre Manuel de Sarratea (electo como gobernador provisorio de la provincia de Buenos Aires) y dos de los gobernadores de la Liga Federal: Estanislao López (provincia de Santa Fe) y Francisco Ramírez (provincia de Entre Ríos). El pacto se firmó después de la derrota de las tropas unitarias - casi en su totalidad porteñas -en la primera batalla de Cepeda (del 1 de Febrero de 1820).
Buenos Aires había caído en un desorden generalizado y su consecuencia fue la convocatoria - el 16 de Febrero de 1820- de un cabildo abierto en el cual se creó una Junta de Representantes, la cual designó a Manuel de Sarratea como gobernador interino. Este se propuso llegar a un acuerdo con López y Ramírez, firmando el tratado en la localidad bonaerense de Pilar.
Las principales disposiciones del tratado fueron que:
* Proclamaba la unidad nacional y el sistema federal (preconizado por José Gervasio Artigas).
* Convocaba, en el plazo de 60 días, a una reunión de representantes de las tres provincias en el Convento de San Lorenzo, para convenir la reunión de un congreso que permitiese reorganizar un Gobierno Central.
* Establecía el fin de la guerra y el retiro de las tropas de Santa Fe y Entre Ríos a sus respectivas provincias.
* Buenos Aires se comprometía a ayudar a las provincias de Santa Fe y Entre Ríos en caso de ser atacadas por los luso-brasileños.
* Los ríos Uruguay y Paraná se declaraban navegables para las provincias amigas.
* Concedía una amplia amnistía a los desterrados o perseguidos políticos.
* Determinaba el enjuiciamiento de los responsables de la Administración anterior “por la repetición de crímenes con que se comprometía la libertad de la Nación”.
* Disponía la comunicación del Tratado a José G. Artigas, “para que siendo de su agrado, entable desde luego las relaciones que puedan convenir a los intereses de la Provincia de su mando, cuya incorporación a las demás federadas, se miraría como un dichoso acontecimiento”.
Un compromiso secreto entre los dos gobernadores federales y Sarratea preveía la entrega, a los dos primeros, de auxilios y armas. Los dos gobernadores fueron invitados por el Gobierno de Buenos Aires, ciudad donde estuvieron en calidad de huéspedes.
López y Ramírez, fortalecidos por su victoria frente a Buenos Aires, desconocieron la autoridad de Artigas, que les había impuesto como condición previa a todo compromiso la obligación de Buenos Aires de declarar la guerra a Portugal para liberar a la Banda Oriental, que se encontraba invadida por las tropas lusitanas desde 1816.
La razón de la postura de López y Ramírez era que Artigas había sido definitivamente derrotado en la batalla de Tacuarembó por los luso-brasileños. Consideraban más correcto estratégicamente reorganizar sus provincias y abandonar de momento la guerra contra los luso-brasileños que les imponía la estrecha alianza con Artigas.
Los gobernadores de Santa Fe y de Entre Ríos consideraban fuera de sus prioridades continuar con la guerra contra la invasión luso-brasileña. Suponían que esto arrastraría a sus provincias a una guerra defensiva en su propio territorio y debían concentrar sus fuerzas para imponerse a Buenos Aires que, en ese momento, les parecía más amenazante a sus intereses.
Toda la Provincia Oriental, la parte Este de Corrientes y casi toda la Provincia de Misiones se encontraban bajo el poder de los invasores luso-brasileños, que podrían atacar a sus provincias impunemente tal cual estaba ocurriendo con la de Entre Ríos que vio ocupada su capital de entonces (Concepción del Uruguay) por tropas luso-brasileñas.
Para frenar la invasión, lo único que parecía viable a López y Ramírez era aceptar una alianza con los unitarios, aunque éstos fueran enemigos declarados de Artigas. Creyeron conseguirlo con Sarratea, que también era uno de los federales victoriosos, ahora al mando de Buenos Aires. Artigas fue olvidado.
Si tal alianza salvó a la mesopotamia argentina de una anexión al Reino Unido de Portugal, Brasil y Algarve, también sirvió para confirmar la anexión al mismo de la Banda Oriental.
Artigas consideró la firma del Tratado del Pilar como una traición a la causa de los Pueblos Libres, que acarreaba como primera y más urgente consecuencia la aceptación de la caída de la Banda Oriental bajo el yugo portugués. La consecuencia lógica de estos hechos sería la guerra entre Artigas y Ramírez, que llevaría al caudillo oriental al exilio, con su definitiva desaparición como figura pública.
El Tratado de Pilar es uno de los pactos preexistentes a los que hace mención el preámbulo de la Constitución Argentina.
El período artiguista es una página fundamental de la organización de la República y de Corrientes en particular desde los diferentes puntos de vista que nos ofrece. Ha sido reconocida como la piedra inicial del edificio de la Nación, como la fe de bautismo del federalismo argentino.
El ejército federal que triunfa en Cepeda y obliga a la firma de los Tratados, se formaba en su tercera parte de milicias correntinas. Las comandaba el irlandés Pedro Campbell, famosa figura de la época, jefe titular de la Armada fluvial de la provincia.
Si bien no lo acompañaba ningún funcionario civil que representase al Gobierno correntino, era elemental que los gobernadores de Entre Ríos y Santa Fe no pudieron contratar sin dejar a salvo los intereses de Corrientes o asumir su representación que de facto realizaban. No hacerlo era anularla, como anular a Misiones, que ofrecía -aunque muy irregularmente- una organización política. Algo más; era traicionarla, haciendo que Buenos Aires viese en el general Francisco Ramírez el representante de todo el Entre-Ríos, tomando estas palabras en el concepto geográfico, del territorio encerrado entre el Paraná y el Uruguay.
El gobernador Méndez en Corrientes no debía mirar con buenos ojos un Tratado que subalternizaba a su provincia, al que tampoco podía acceder el de Misiones, ni el general Artigas que en esta forma era excluido de los asuntos políticos.
La reacción no se hizo esperar. En Avalos, campamento militar de Corrientes, se labró a mediados de 1820 un tratado de alianza ofensiva-defensiva entre esta provincia y las de la Banda Oriental y Misiones(29) asumiendo el general Jose Gervasio Artigas el mando del ejército unido.
(29) Se encuentra el original en el Archivo de Corrientes. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
El choque con Francisco Ramírez fue inmediato, quien al vencer completamente obligando a Artigas a emigrar al Paraguay, depone al gobernador Juan Bautista Méndez y disuelve al Cabildo de Corrientes, proclamando en esta ciudad, en Septiembre de 1820, la República Entrerriana, fórmula política descontada en el espíritu de los famosos Tratados del Pilar.
Como vimos al exponer el proceso constitucional, Corrientes perdió en ese entonces su organización de provincia, reduciéndose a ser uno de los cuatro departamentos de esta República.
Pero el cambio de las formas políticas no arraigó en la opinión pública; para afianzarlas, el general Francisco Ramírez dejó en el mando militar de los partidos o secciones más o menos a los mismos jefes que Artigas pusiera y sostuviera a su frente pero éstos, acostumbrados a la democracia representativa de los Congresos donde se vinculaban a las clases ilustradas de la Capital y habían bebido las nociones definitivas del cuerpo político autónomo, sólo esperaban una oportunidad para levantarse y reconstruir la provincia(30).
(30) El doctor M. Ruiz Moreno publicó en la “Revista de Derecho, Historia y Letras” (tomo X, p. 201), cartas dirigidas a Evaristo Carriegos, representante de Francisco Ramírez en el “departamento” Corrientes, y en que se prueba este malestar público. Entre ellas, una, fechada en San Roque, el 24 de Septiembre de 1821, según la cual el Administrador de Correos, Angel Méndez, habría manifestado de la próxima revolución, “en que estaban comprometidos el capitán Alderete, don Ignacio Aguirre y el ex gobernador Juan B. Méndez”. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Instituciones de la provincia de Corrientes” (1922). J. Lajouane & Cia. Editores - Librería Nacional, Buenos Aires.
La derrota y muerte del general Ramírez en Córdoba y los pocos prestigios de su hermano materno, Ricardo López Jordán, que asumió interinamente el mando y que hasta se hizo elegir en comicios “populares”, brindaron al pueblo la oportunidad deseada. Coincidían estos sucesos con la guerra que Buenos Aires y Santa Fe mantenían contra Entre Ríos y sobre todo contra la inteligente política liberal del coronel Martín Rodríguez, gobernador del primero de estos Estados.
Con estos factores favorables se produce el movimiento del 12 de Octubre de 1821; estuvieron a su frente los ciudadanos más caracterizados del momento político y los jefes y oficiales del batallón de Cívicos, a los que hay que agregar la acción ejercida por Pedro Juan Ferré en la campaña. Congregados aquéllos en la plaza, bajo los balcones de la Casa Capitular, el pueblo votó la liberación, la consulta a los vecindarios rurales sobre el acontecimiento, la reunión inmediata de un consejo de sus Comandantes Militares y la de un Congreso de Diputados para deliberar y organizar el Estado.
Reunido el Consejo de Comandantes, ratificó las autoridades provisorias y dispuso la militarización de la provincia concentrando sus milicias en el Departamento de San Roque al mando del capitán León Esquivel. Mientras tanto, celebrados los comicios, elegíanse en los diversos Partidos a los diputados al Congreso, que pudo constituirse en el mes de Noviembre declarando que en él residía la representación y el ejercicio de la soberanía provincial.
Desde entonces las instituciones de Corrientes, sujetas a la ley de la evolución progresiva, ofrecen al análisis los elementos fundamentales del orden y la continuidad, siendo su primer paso la Constitución de 1821.
Así como Corrientes ha sido una de las primeras jurisdicciones que decidió su adhesión al movimiento juntista de Mayo, eligiendo inmediatamente su representante a tan solo algunos días de recibir la noticia desde la capital virreinal; de la misma manera, en Abril de 1814, la provincia manifestará su compromiso hacia el sistema federal de gobierno.
El artiguismo marcará profundamente la política correntina, a tal punto que se puede señalar sin hesitación que la impronta de autonomía y soberanía provincial marcará la historia de Corrientes durante gran parte del siglo XIX. Después de 1862, se “aporteñará”, resignando aquellos postulados que la identificaron en su historia primigenia.
Es la muestra de la cohesión sostenida por las provincias artiguistas ante la postura centralista de Buenos Aires. El Congreso de Oriente será esto, cuando la necesidad organizativa institucional del país exigía la participación de todas sus partes, inclusive la del Puerto, a pesar de que éste sostendrá una postura de no reciprocidad hacia el artiguismo.
Real significación e importancia del Congreso de Oriente es que se constituye en el primer Cuerpo deliberativo y con intenciones organizativas que considera al sistema federal de gobierno como única alternativa válida para la organización de las provincias de la región del Río de la Plata.
La provincia de Corrientes aporta al desarrollo del Congreso dos figuras prominentes como el presbítero José Francisco Cabral y el doctor José Simón García de Cossio, ambos representantes con cabal formación intelectual y capacidad en la elaboración legislativa.
Estos hombres, de decidida participación en los espacios públicos y estaduales correntinos, aportaron ideas y consideraciones en un Congreso donde no todos sus representantes alcanzaban una sólida formación jurídica.
Los correntinos, tanto el sacerdote como el abogado, le otorgaron un importante aporte al principal Congreso realizado por la Liga de los Pueblos Libres y su auxiliador, José Gervasio Artigas.